Orgánico Funcional

INTRODUCCIÓN
ACUERDO N°: GADPRM-2014
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA PARROQUIAL DE MUYUNA

CONSIDERANDO:

Que, la administración debe ser la coordinación de seres humanos y recursos materiales para la consecución de objetivos organizacionales;

Que, la denominación de gobierno autónomo, determinada en su creación, es percibida como la composición de partes interconectadas y relacionadas, cuyas conexiones deben estar debidamente identificadas, conocidas y comprendidas al interno;

Que, la Entidad como parte del sistema público y con el fin de desarrollar y aportar a la nueva política nacional y cumplir con los mandatos de la Constitución y las leyes, sin que se releve de responsabilidades por su tamaño o composición;

Que, como componente del sistema gubernamental público y desde el punto de vista sistémico, la Institución parroquial debe contar con un patrón de organización compuesto de sustancia (estructura) y forma (configuración de relaciones ordenadas);

Que, como parte del Sector Público, debe cumplir y hacer cumplir con las disposiciones, reglamentos, leyes y normas que rigen a éste sector;

Que, la organización administrativa, como garantía de su existencia, debe ser capaz de revertir al medio, lo que el medio le proporciona;

Que, para mantener una efectiva gobernabilidad dinámica de un sistema abierto, es necesario el aumento de la división del trabajo, la integración y el desarrollo equilibrado;

Que, de conformidad al COOTAD en su artículo 338 en el que determina que el gobierno autónomo descentralizado parroquial rural tendrá una estructura administrativa mínima requerida para el cumplimiento de fines y el ejercicio de sus competencias;

Que, el GADPRM, como parte de las instituciones del Estado, como señala la Constitución, le corresponde rendir cuentas de los logros alcanzados, a través de la evaluación del desempeño de su organización interna, de sus funcionarios y servidores, considerando las responsabilidades y funciones del puesto que ocupan, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 70, literal h) del Código Orgánico de Organización, Autonomía y Descentralización COOTAD,

1-ORGANICO-FUNCIONAL_V3-GADPR-MUYUNA

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